Artículo tercero transitorio: En el primer semestre del año 2023, el Ministerio de la Mujer y la Equidad de…

Artículo tercero. En el primer semestre del año 2023, el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género informará a la Comisión Especial encargada de conocer iniciativas y tramitar proyectos de ley relacionados con la mujer y la igualdad de género del Senado y a la Comisión de Mujeres y Equidad de Género de la Cámara de Diputados acerca de la posibilidad de crear un fondo que se haga cargo de la deuda de los alimentantes que no tengan fondos suficientes en sus cuentas para pagar la pensión de alimentos.

Chile Ley 21.484 Artículo tercero transitorio: En el primer semestre del año 2023, el Ministerio de la Mujer y la Equidad de…