existirán los siguientes juzgados de letras que tendrán jurisdicción en los territorios que se indican: LEY 18776 A.- JUZGADOS CIVILES: D.O. 18.01.1989 Cinco juzgados de letras en lo civil con asiento en la Art. Primero N° 2 comuna de Valparaíso y competencia sobre las comunas de D.O. 11.11.1989 Valparaíso y Juan Fernández. Tres juzgados de letras en lo civil con asiento en la comuna de Viña del Mar y competencia sobre las comunas de Viña del Mar y Concón, los cuales tendrán la categoría de juzgados de asiento de Corte para todos los efectos legales. LEY 19592 Art. 13 b) B.- JUZGADOS CON COMPETENCIA COMUN: D.O. 30.11.1998 Dos juzgados de letras con asiento en la comuna de Art. 11 Quilpué, con competencia sobre la misma comuna; D.O. 09.03.2000 Un juzgado de letras con asiento en la comuna de Villa Alemana, con dos jueces, con competencia sobre la misma comuna; LEY 20252 Un juzgado de letras con asiento en la comuna de Art. 4 N° 7 Casablanca, con competencia sobre las comunas de Casablanca, D.O. 15.02.2008 El Quisco y Algarrobo, de la Quinta Región y la comuna de Curacaví, de la Región Metropolitana; Un juzgado de letras con asiento en la comuna de La Ligua, con dos jueces, con competencia sobre las comunas de La Ligua, Cabildo, Zapallar y Papudo; Un juzgado de letras con asiento en la comuna de Petorca, con competencia sobre la misma comuna; Dos juzgados de letras con asiento en la comuna de Los Andes, con competencia sobre las comunas de la provincia de Los Andes; Un juzgado de letras con asiento en la comuna de San Felipe, con competencia sobre las comunas de San Felipe, Santa María, Panquehue, Llaillay y Catemu; Un juzgado de letras con asiento en la comuna de Putaendo, con competencia sobre la misma comuna; Dos juzgados de letras con asiento en la comuna de Quillota, con competencia sobre las comunas de Quillota y La Cruz; Un juzgado de letras con asiento en la comuna de Quintero, con tres jueces, con competencia sobre las comunas de Quintero y Puchuncaví; LEY 19298 Un juzgado de letras con asiento en la comuna de Art. 31 e) y f) Calera, con dos jueces, con competencia sobre las comunas de D.O. 12.03.1994 Calera, Nogales e Hijuelas; Ley 21017 Un juzgado de letras con asiento en la comuna de Art. 1 N° 10 Limache, con competencia sobre las comunas de Limache y D.O. 07.07.2017 Olmué; LEY 20252 Dos juzgados de letras con asiento en la comuna de San Art. 4 N° 7 Antonio, con competencia sobre las comunas de San Antonio, D.O. 15.02.2008 Cartagena, El Tabo y Santo Domingo, y LEY 19665 Un juzgado de letras con asiento en Isla de Pascua, con Art. 11 competencia sobre la comuna de la provincia de Isla de D.O. 09.03.2000 Pascua.