Las funciones de juez se suspenden: 1°) Por encontrarse ejecutoriada la sentencia que declara haber lugar a la querella de capítulos por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones, o por haberse formulado acusación tratándose de delitos comunes;2°) Por la sentencia de primera instancia que lo condena a destitución dictada en un proceso de amovilidad; 3°) Por la aplicación de la medida disciplinaria de suspensión; y 4°) Por licencia concedida con arreglo a la ley.