Artículo quincuagésimo primero transitorio: Plebiscito de salida de 2022 y normas aplicables

QUINCUAGÉSIMA PRIMERA. Sin perjuicio de las normas aplicables al plebiscito constitucional de acuerdo a lo establecido en el artículo 143, en remisión a los incisos cuarto a sexto del artículo 130, se aplicarán excepcionalmente las normas contenidas en la , que modifica la legislación electoral, para privilegiar la cercanía al domicilio del elector, en la asignación del local de votación.

Chile Artículo quincuagésimo primero transitorio Plebiscito de salida de 2022 y normas aplicables