Art. 341 (330). Los medios de prueba de que puede hacerse uso en juicio son: Instrumentos; Testigos; Confesión de parte; Inspección personal del tribunal; Informes de peritos; y Presunciones. 2. De los instrumentos Véanse los artículos 4 y 5 de la Ley 19799, publicada el 12.04.2002, Sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.