Art. 530. Riesgos que asume el asegurador. El asegurador responde de los riesgos descritos en la póliza, con excepción de las situaciones expresamente excluidas por ella. Ley 20667 A falta de estipulación, el asegurador responde de Art. 1 todos los riesgos que por su naturaleza correspondan, salvo D.O. 09.05.2013 los excluidos por la ley. Art 531. Siniestro. Presunción de cobertura y excepciones. El siniestro se presume ocurrido por un evento que hace responsable al asegurador. Ley 20667 El asegurador puede acreditar que el siniestro ha sido Art. 1 causado por un hecho que no lo constituye en responsable de D.O. 09.05.2013 sus consecuencias, según el contrato o la ley.