Art. 1219. Desde la fecha de dictación de la LEY 18680 resolución indicada en el artículo 1217, se suspenderá Art. primero el curso de los intereses que ganen los créditos contra D.O. 11.01.1988 el requirente. Sección Segunda. De la verificación e impugnación y LEY 18680 oposición a la constitución del fondo. Art. primero