Artículo 499

El nombramiento en propiedad en cargos del Escalafón del Personal de Empleados se hará por el Presidente de la Corte Suprema cuando se trate de empleados que hayan de servir en ella, o por el Presidente de la Corte de Apelaciones respectiva, en los demás casos, con sujeción a las normas que se indican en el párrafo tercero del Título X.Los Oficiales de los fiscales judiciales de las Cortes de Apelaciones serán designados a propuesta unipersonal del fiscal.Será aplicable a los funcionarios a que se refiere Art. 11 este artículo lo dispuesto en el artículo 493.