Artículo 374 del Código de Comercio

Art. 374. La sociedad no es responsable de los documentos suscritos con la razón social, cuando las obligaciones que los hubieren causado no le conciernan y el tercero los aceptare con conocimiento de esta circunstancia. § 3. Del fondo social y de la división de las ganancias y pérdidas en la sociedad colectiva