Art. 398.- Características del Registro Nacional de Árbitros Laborales. El Registro Nacional de Árbitros Laborales será de carácter público. Contendrá el nombre del árbitro, región o regiones de desempeño, los casos asignados y terminados y el monto de los honorarios percibidos.
Título VIII
DE LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES EN LA
NEGOCIACIÓN COLECTIVA
Chile Artículo 398: Características del Registro Nacional de Árbitros Laborales