Artículo 7: o Contrato individual de trabajo es una convención por la cual el empleador y el…

Art. 7.o Contrato individual de trabajo es una convención por la cual el empleador y el trabajador se obligan recíprocamente, éste a prestar servicios personales bajo dependencia y subordinación del primero, y aquél a pagar por estos servicios una remuneración determinada.

Chile Artículo 7: o Contrato individual de trabajo es una convención por la cual el empleador y el…