Artículo 521 del Código de Comercio

Art. 521. Requisitos esenciales del contrato de seguro. Nulidad. Son requisitos esenciales del contrato de seguro, el riesgo asegurado, la estipulación de prima y la obligación condicional del asegurador de indemnizar. Ley 20667 La falta de uno o más de estos elementos acarrea la Art. 1 nulidad absoluta del contrato. D.O. 09.05.2013 Son nulos absolutamente también, los contratos que recaigan sobre objetos de ilícito comercio y sobre aquellos no expuestos al riesgo asegurado o que ya lo han corrido.