Art. 419.- Cada juez ejercerá unipersonalmente la potestad jurisdiccional respecto de los asuntos que las leyes encomiendan a los Juzgados de Letras del Trabajo o de Cobranza Laboral y Previsional.
Chile Artículo 419: Cada juez ejercerá unipersonalmente la potestad jurisdiccional respecto de los…