Artículo 485 del Código Procesal Penal de Chile

Entrada en vigencia respecto de LEY 20074 hechos acaecidos en el extranjero. Este Código se Art. 1º Nº 62 aplicará a los hechos que acaecieren en el extranjero D.O. 14.11.2005 con posterioridad a su entrada en vigencia en la Región Metropolitana de Santiago y fueren de competencia de los tribunales nacionales. Asimismo, se aplicará a las solicitudes de asistencia de autoridades competentes de país extranjero que digan relación con hechos ocurridos con posterioridad al 16 de diciembre de 2000. A partir del 16 de junio de 2005, también se aplicará a las solicitudes de extradición pasiva y detención previa a las mismas que reciba la Corte Suprema, que versen sobre hechos ocurridos en el extranjero con posterioridad a la entrada en vigencia de este Código en la Región Metropolitana de Santiago. En consecuencia, los Ministros de esa Corte a quienes, en virtud del número 3° del artículo 52 del Código Orgánico de Tribunales, correspondiere conocer las extradiciones pasivas que versen sobre hechos acaecidos con anterioridad a dicha entrada en vigencia, continuarán aplicando el procedimiento establecido en el Código de Procedimiento Penal. Artículo transitorio.- Reglas para la aplicación de las penas por tribunales con competencia en lo criminal sujetos a distintos procedimientos. Si una persona hubiere cometido distintos hechos, debido a los cuales fuere juzgada por un juzgado de letras del crimen o con competencia en lo criminal, con sujeción al Código de Procedimiento Penal, y también lo fuere por un juzgado de garantía o un tribunal oral en lo penal conforme a este Código, en el pronunciamiento de las sentencias condenatorias que se dictaren con posterioridad a la primera se estará a lo previsto en el artículo 164 del Código Orgánico de Tribunales.». Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República. Santiago, 29 de septiembre de 2000.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- José Antonio Gómez Urrutia, Ministro de Justicia. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Jaime Arellano Quintana, Subsecretario de Justicia.