Artículo 243

Los árbitros nombrados por las partes no pueden ser inhabilitados sino por causas de implicancia o recusación que hayan sobrevenido a su nombramiento, o que se ignoraban al pactar el compromiso.De los Magistrados y del Nombramiento y Escalafón de los Funcionarios Judiciales § 1. Calidades en que pueden ser nombrados los jueces