Si el titular del derecho de aprovechamiento no pagare la patente dentro del plazo indicado en el artículo 129 bis 7, se iniciará un procedimiento judicial para efectuar un remate público de Biblioteca del Congreso Nacional de Chile – www.leychile.cl – documento generado el 15-Jun-2026 página 46 de 124 DFL 1122, JUSTICIA (1981) ese derecho. LEY 20017 La ejecución de la obligación de pagar la patente Art. 1º Nº 16 sólo podrá hacerse efectiva sobre la parte no utilizada D.O. 16.06.2005 del respectivo derecho de aprovechamiento. Ley 21435 La referida acción prescribirá en el plazo de tres Art. 1, N° 53 a) años, contado desde el 1 de abril del año en que debió D.O. 06.04.2022 pagarse la patente. Ley 21435 Art. 1, N° 53 b) D.O. 06.04.2022