Reglas generales. De las actuaciones LEY 20074 realizadas por o ante el juez de garantía, el tribunal Art. 1º Nº 3 de juicio oral en lo penal, las Cortes de Apelaciones y D.O. 14.11.2005 la Corte Suprema se levantará un registro en la forma señalada en este párrafo. En todo caso, las sentencias y demás resoluciones que pronunciare el tribunal serán registradas en su integridad. El registro se efectuará por cualquier medio apto para producir fe, que permita garantizar la conservación y la reproducción de su contenido.