Cuando para llevar a efecto alguno de los delitos enunciados, se hubiere falsificado o supuesto la firma de un funcionario público, los autores y los que maliciosa o fraudulentamente hubieren usado de la falsificación o suposición, serán castigados con presidio menor en su grado máximo. § 5. De los delitos contra el respeto y protección a la vida privada y pública de la persona y su familia. LEY 19423 Art. UNICO D.O. 20.11.1995