Artículo 22: Si un contribuyente no presentare declaración, estando obligado a hacerlo, el…

Art. 22. Si un contribuyente no presentare declaración, estando obligado a hacerlo, el Servicio, previos los trámites establecidos en los artículos 63 y 64, podrá fijar los impuestos que adeude con el solo mérito de los antecedentes de que disponga.

Chile Artículo 22 del Código Tributario: Si un contribuyente no presentare declaración, estando obligado a hacerlo, el…