Para poder ser abogado se requiere: 1°) Tener veinte años de edad; 2°) Tener el grado de Licenciado en Ciencias Jurídicas otorgado por una Universidad, en conformidad a la ley; DL 3631, JUSTICIA 3°) No haber sido condenado ni estar actualmente Art. 1 acusado por crimen o simple delito que merezca pena aflictiva;4°) Antecedentes de buena conducta. La Corte Suprema podrá practicar las averiguaciones que estime necesarias acerca de los antecedentes personalesdel postulante, y Art. 1 5°) Haber cumplido satisfactoriamente una práctica profesional por seis meses en las Corporaciones deAsistencia Judicial a que se refiere la ley.995, Art. 11 circunstancia que deberá acreditarse por el Director General de la respectiva Corporación. Las Corporaciones de Asistencia Judicial, para este efecto, podrán celebrar convenios con el Ministerio Público y con la Defensoría Penal Pública.Un reglamento determinará los requisitos, forma y condiciones que deban cumplirse para que dicha práctica sea aprobada.La obligación establecida en el. 75 a) cumplida por los postulantes que sean funcionarios o empleados del Poder Judicial por el hecho de haber desempeñado sus funciones durante cinco años, en las primeras cinco categorías del escalafón del personal de empleados u oficiales de secretaría.