Art. 6°. Las costumbres mercantiles servirán de regla para determinar el sentido de las palabras o frases técnicas del comercio y para interpretar los actos o convenciones mercantiles. Libro I DE LOS COMERCIANTES Y DE LOS AGENTES DEL COMERCIO TITULO I DE LA CALIFICACION DE LOS COMERCIANTES Y DEL REGISTRO DEL COMERCIO § 1. De la calificación de los comerciantes