Artículo 483 -B: En la vista de la causa se observarán las reglas establecidas para las apelaciones

Artículo 483-B.- En la vista de la causa se observarán las reglas establecidas para las apelaciones. Con todo, la duración de las alegaciones de cada parte, se limitarán a treinta minutos.

Chile Artículo 483 -B: En la vista de la causa se observarán las reglas establecidas para las apelaciones