Registro de actuaciones ante los LEY 20074 tribunales con competencia en materia penal. Las Art. 1º Nº 5 audiencias ante los jueces con competencia en materia D.O. 14.11.2005 penal se registrarán en forma íntegra por cualquier medio que asegure su fidelidad, tal como audio digital, video u otro soporte tecnológico equivalente.