(149). Las reglas de los artículos precedentes sufren excepciones o modificaciones por las causas siguientes: 1) La existencia de bienes familiares. 2) El ejercitar la mujer una profesión, industria, empleo u oficio. 3) La separación de bienes. 4) El divorcio perpetuo. 5) El régimen de participación en los gananciales. De las cuatro primeras tratan los párrafos siguientes; de la última el título XXII-A, del Libro Cuarto. 2. De los bienes familiares