Serán aplicables a las resoluciones de la Dirección General de Aguas, dictadas en conformidad con lo dispuesto en el presente Título, los recursos contemplados en los artículos 136 y 137 de este Código. LEY 20017 La interposición del recurso de reclamación señalado Art. 1º Nº 16 en el artículo 137, no suspenderá el pago de la patente, D.O. 16.06.2005 salvo que la Corte de Apelaciones respectiva ordene dicha medida