Artículo 152 quáter E: Un reglamento conjunto de los Ministerios de Salud y del Trabajo y Previsión Social

Artículo 152 quáter E.- Un reglamento conjunto de los Ministerios de Salud y del Trabajo y Previsión Social

establecerá las condiciones ambientales, de seguridad y salud en el trabajo que deberán cumplir los establecimientos destinados a prestar servicios como centros de contacto o llamadas.

Chile Artículo 152 quáter E: Un reglamento conjunto de los Ministerios de Salud y del Trabajo y Previsión Social