Art. 859. Los privilegios sobre la nave en LEY 18680 construcción establecidos en el párrafo anterior, Art. primero terminan en los casos que señala el artículo 855. D.O. 11.01.1988
Art. 859. Los privilegios sobre la nave en LEY 18680 construcción establecidos en el párrafo anterior, Art. primero terminan en los casos que señala el artículo 855. D.O. 11.01.1988