Art. 43. Los reajustes legales no se aplicarán a las remuneraciones y beneficios estipulados en contratos y convenios colectivos de trabajo, en acuerdos de grupo negociador o en fallos arbitrales recaídos en una negociación colectiva.
Chile Artículo 43: Los reajustes legales no se aplicarán a las remuneraciones y beneficios…