Para todos los efectos de las disposiciones penales respecto de los que cometen atentado contra la autoridad o funcionarios públicos, se entiende que ejercen aquélla constantemente los ministros de Estado y las autoridades de funciones permanentes o llamadas a ejercerlas en todo caso y circunstancias. LEY 20048 Entiéndese también ofendida la autoridad en ejercicio Art. 1 N° 5 de sus funciones cuando tuviere lugar el atentado con D.O. 31.08.2005 ocasión de ellas o por razón de su cargo.