Es aplicable a la Corte Suprema lo dispuesto para los acuerdos de los tribunales de juicio oral en lo penal en los artículos 19 y 20, y de las Cortes de Apelaciones en los artículos 72, 74 y siguientes, hasta el 89 inclusive.El. 4° de la ley 19734, publicada el 05.06.2001, modificó el presente artículo en el sentido de suprimir la expresión «73 inciso segundo» y la coma (,) que le sigue. Sin embargo la frase referida no se encuentra en el texto vigente desde que fuera sustituido por el Art. 11 de la ley 19665, razón por la que la modificación indicada no se pudo efectuar.